En los últimos días, el gobierno y sus principales voceros legislativos negocian contra reloj con diversos bloques del Congreso cambios para lograr los votos que le permita aprobar el DNU y la llamada Ley Ómnibus, que son el corazón del modelo que quiere imponer la gestión libertaria. Las modificaciones son varias, vinculadas a jubilaciones, privatizaciones y facultades presidenciales, que serán la forma de poder alcanzar los consensos necesarios para que al menos en la cámara de Diputados se consiga la mayoría necesaria para su aprobación. En una primera etapa se habló de que el presidente Javier Milei estaría dispuesto a aceptar cambios en el capítulo laboral, que está en el decreto firmado en diciembre, y que la justicia lo suspendió a pedidos de los gremios. Pero hasta el momento no hubo novedades al respecto, y los principales temas que trata la reforma siguen estando en ambas normativas.
Es más, en la Casa Rosada mantienen la idea de dar la pelea por la vía judicial, y presentaron un texto donde justifican las modificaciones propuestas, con la intensión que la Corte Suprema de Justicia las avale. Por el momento los fallos son todos desfavorables al proyecto presidencial, incluyendo un último amparo que logró el visto bueno, y fue presentado por La Asociación Bancaria.
La posibilidad de cambios en la reforma laboral presentada por Milei en el DNU y la Ley Ómnibus fueron tema de varias versiones periodísticas el fin de semana, pero con el correr de las horas esas supuestas modificaciones nunca se confirmaron. Hasta ahora, el capítulo laboral del decreto sigue sin reformas, mientras espera que la justicia termine de analizar los amparos presentados y se resuelva la cuestión de fondo.
En cuanto a la ley que negocian los diputados, introduce algunas cuestiones adicionales, como un cambio en el régimen de contrataciones, que permite regularizar vínculos preexistentes o la eliminación de sanciones y multas. Además, ambas iniciativas impulsan una gran cantidad de medidas de flexibilización laboral, entre los que se destaca la creación de un fondo de cese laboral. Este último implica que el propio trabajador aporta mensualmente para cubrir una posible indemnización por despido. “La reforma sigue”, admitieron fuentes cercanas a la CGT consultadas por Data Gremial, que marcaron que la idea del gobierno “es jugarse todo en la justicia”.
Ya hay al menos cuatro fallos que habilitan la feria judicial para tratar los pedidos de inconstitucionalidad de la propuesta del gobierno, que limita el derecho a huelga y permite una flexibilización extrema, incluso mayor a la que se dio en los 90. “Confiamos que la justicia falle a favor nuestro”, agregó la misma fuente consultada.
Por su parte, los gremios criticaron que este proyecto le quita las responsabilidades a los empresarios y alertan que es “inconstitucional” porque el artículo 14 bis de la Constitución establece la protección de los trabajadores “contra el despido arbitrario”. Volviendo al texto, el artículo 214 plantea la posibilidad de blanquear las contrataciones previas a la vigencia de la norma: “Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas”. Del mismo modo, el proyecto de Ley Ómnibus prevé la condonación de la deuda por capital e intereses cuando aquella “tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social, incluidos aportes jubilatorios”.
“La reglamentación determinará los porcentajes de condonación que habrán de aplicarse, los que en ningún caso serán inferiores al 70 por ciento de las sumas adeudadas. Se podrá establecer incentivos para la cancelación de la obligación de contado y beneficios especiales para pequeñas y medianas Empresas”, agrega la normativa que es discutida en plenario de comisiones de diputados y eodría ser tratada en el recinto en los próximos días.
Presentación judicial
En paralelo, el gobierno insistirá con el aval judicial de la reforma, pese a los fallos contrarios que fue recibiendo en los últimos días. Para eso, se presentó un informe con el que solicitó que sea rechazada la acción de amparo presentada por la CGT que pretende que se declare la invalidez del capítulo laboral del “mega DNU” firmado por Milei. Se trata de uno de los pasos que debían darse para que la justicia pueda avocarse a analizar la validez del capítulo cuestionado: una vez que el ministerio público fiscal emita su opinión, y tras analizar la admisibilidad del planteo en cuestión, la justicia laboral estará en condiciones de dictar sentencia.
“Solo persigue ni más ni menos que reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impiden su normal desarrollo, promoviendo al mismo tiempo una mayor inserción en el comercio mundial", se sostuvo en el informe del Estado nacional, al que tuvo acceso Data Gremial.
En el texto de más de 90 páginas que la firma de la abogada Jorgelina Sonzogno, abogada, en representación de la secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del ministerio de Capital Humano, se señaló que las reformas laborales, en general, “consisten en dinamizar el crecimiento del empleo, formalizar el trabajo no registrado, promover la inserción laboral de colectivos de personas que presentan obstáculos para acceder al mercado de trabajo, incrementar el poder adquisitivo de los salarios e impulsar la participación de la población en el ámbito laboral”.
No obstante, se aclaró que “en la Argentina contemporánea, las problemáticas habitualmente mencionadas para justificar las reformas no se verifican en su totalidad, a pesar de que es evidente que los déficits estructurales de trabajo decente son más que significativos”. “Esto significa que es necesario realizar un trabajo de selección de los indicadores (y las problemáticas) que formaran parte de los fundamentos de la política de reforma, con el propósito de evitar errores y falacias de diagnóstico”, se sostuvo en el análisis presentado ante la justicia.
En ese sentido, se remarcó que los indicadores que justificarían una reforma como la pretendida en el DNU son, según la presentación del Gobierno, los siguientes: El poder adquisitivo de los salarios del empleo asalariado registrado del sector privado se encuentra en uno de los niveles más bajos desde enero de 2009; la proporción de la población que ocupa un puesto de trabajo asalariado registrado del sector privado se encuentra por debajo de los porcentajes observados durante el período comprendido entre los años 2010 y 2018; la incidencia del empleo no registrado en el total del empleo asalariado es una de las más elevadas de los últimos quince años. En el informe, se señaló además que el Gobierno eligió la vía del DNU 70/23 porque “resulta clara la severidad de la situación en la que se encuentra la República Argentina, afectada por una crisis tanto económica como social que puede derivar en un deterioro aún mayor y más grave si no se comienza a solucionar la enorme cantidad de problemas originados en esa crisis”.
Nuevo revés
Pese a la apuesta del gobierno para que el aval sea por vía judicial, hasta ahora los fallos son contrarios, y se siguen sumando. Este lunes se conoció que la Asociación Bancaria que lidera Sergio Palazzo logró una medida cautelar de la Justicia del Trabajo que deje sin efecto el capítulo laboral del DNU 70/2023. La Jueza Nacional del Trabajo, Lucrecia Pedrini, hizo lugar al pedido efectuado por el gremio bancario contra lo dispuesto en el Titulo IV del DNU, en tanto y en cuanto afecta al colectivo de trabajadores representados. “Dicho DNU, constituye una de las reformas laborales más regresivas de la historia del Derecho Laboral Argentino atacando y violando, inclusive, hasta el derecho a huelga”, señaló Palazzo.
En el fallo, la jueza Pedrini, a cargo del Juzgado Nacional de 1ª Instancia del Trabajo, tuvo en cuenta “la amplitud, variedad, profundidad y alcances” de la reforma laboral y, apoyándose en los argumentos de lo dictado por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en favor de la CGT, dispuso “suspender preventivamente” lo dispuesto en el Título del DNU en cuestión. Los artículos del apartado laboral refieren a modificaciones de la ley de contrato del trabajo, entre otros, la extensión del período de prueba, creación de injurias reñidas con la libertad sindical y reducción de montos indemnizatorios.
También puntualiza sobre derecho colectivo y afecta el derecho de reunión y expresión, limita las asambleas y vulnera la libertad sindical garantizada en el artículo 14 de la Constitución Nacional y Convenio 87 de OIT. De esta manera, Milei suma otro traspié en materia judicial que complica las posibilidades de avanzar en las reformas laborales previstas en el DNU. Vale recordar que días atrás, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo concedió el Recurso Extraordinario presentado por la Procuración del Tesoro, y ahora será la Corte Suprema quien defina la resolución del apartado judicial contra el decreto.