Fallo: una empresa deberá brindarle cobertura de salud a un ex empleado que sufre adicción

El juez Luis Belitzky sostuvo que las personas que sufren esta problemática "lejos de ser sancionados por su conducta merecen, además de un trato social digno que les permita la reinserción, una tutela judicial efectiva y diferencial que posibilite la rehabilitación".
Viernes, 27 de mayo de 2022 13:15

La Justicia de Córdoba ordenó a una cooperativa de servicios públicos que provea cobertura de salud, durante al menos un año, a un empleado que fue despedido cuando realizaba un tratamiento de rehabilitación por su adicción a las drogas, se informó oficialmente.

La medida fue adoptada por el Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación, Familia de 1° Nominación, de la ciudad de Jesús María, a instancia de una medida cautelar que el trabajador presentó en el marco de una causa iniciada ante un juzgado laboral por supuesto "despido discriminatorio por razones de salud" que habría sufrido por su problemática con el consumo de estupefacientes.

Según informó el Poder Judicial provincial, el fallo del juez Luis Belitzky ordena a la cooperativa empleadora que "provea de la cobertura de salud en las mismas condiciones que al tiempo de producirse el despido, por intermedio de la obra social o medicina prepaga con que contaba".

La medida estableció un plazo de un año para la cobertura médica, pero aclaró que "puede prorrogarse si corresponde en derecho", y advirtió que se aplicará una sanción económica si la empresa no cumple con lo dispuesto.

El fallo también impuso al ex empleado la obligación de acreditar mensualmente ante el tribunal la continuidad del tratamiento, con indicación específica de su evolución, y subrayó que de no hacerlo se revocará la cobertura médica ordenada.

Al dar como acreditado que el trabajador despedido "sufre una adicción al consumo de sustancias prohibidas y que, por esa razón, encaró un proceso terapéutico de rehabilitación", el juez sostuvo que las personas que sufren esta problemática "lejos de ser sancionados por su conducta merecen, además de un trato social digno que les permita la reinserción, una tutela judicial efectiva y diferencial que posibilite la rehabilitación".

Argumentó, además, que el tratamiento de rehabilitación "conlleva un gasto en dinero importante por la indicación de medicamentos, internaciones, asistencia y acompañamiento que el sector de la salud pública tal vez no pueda afrontar".