Sturzenegger confirmó que esta semana entra a regir la reforma laboral: cómo impactará en el mundo del trabajo

El ministro de Desregulación anticipó que publicarán la reglamentación en el Boletín Oficial. Todos los puntos que ya están confirmados.

Por Redacción

26 de agosto de 2024

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció que la reforma laboral contemplada en la Ley Bases será reglamentada esta semana y entrará en vigor de manera automática. Entre los aspectos que se reglamentarán están el Fondo de Cese para indemnizaciones y el período de prueba.

En una entrevista con Miguel Ángel Boggiano en el canal de YouTube Club de Inversores, el funcionario destacó que el Fondo de Cese permitirá a los empleadores diseñar un esquema indemnizatorio alternativo al previsto por la ley de contrato, eligiendo el que más les convenga.

"Javier le está dando a las partes que tengan la libertad de contraer su propio sistema acorde a las necesidades de la industria, con las características de su industria. Es la reforma más importante del mercado laboral que hayamos visto en décadas", resaltó, al destacar que la "industria de los juicios por despidos" estaba consumiendo los ingresos de los empleadores.

Reforma laboral de la Ley Bases: ¿Qué puntos reglamentará el Gobierno?

En este contexto, el ministro destacó un aspecto crucial de la reforma laboral para el Gobierno libertario: "Hay un capítulo que me gustaría destacar, porque es importante, relativo al Fondo de Cese Laboral. Las relaciones laborales en Argentina tienen una carga muy pesada, especialmente en términos de incertidumbre y costos asociados al proceso de indemnización y despido. Esto aumenta considerablemente el costo laboral para las pymes y otras empresas", afirmó el ministro.

Además, hay otros puntos clave que transformarán la relación entre empresarios, empleados y gremios. Entre ellos, se destacan los siguientes:

Ampliación del período de prueba

En los artículos 89 y 95 se propone extender el período de prueba para los trabajadores a 6 meses. Además, por convenio colectivo, este período puede ampliarse a 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores, y hasta 1 año en empresas de menor tamaño (hasta 5 trabajadores). Durante este tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización por antigüedad.

Fondo de cese laboral

En el artículo 93 de la reforma, se establece que los convenios colectivos de trabajo podrán reemplazar las indemnizaciones por despido mediante la creación de un fondo o sistema de cese laboral. Los empleadores tendrán la opción de contratar un servicio privado o autoasegurarse.

Nuevos “vínculos” laborales: avance de la precarización

Se incorporan medidas que permiten estructurar las relaciones laborales de formas distintas a la relación de dependencia convencional, como a través de colaboradores o contratos de locación. La ley excluye expresamente los contratos de obra, de servicios y de agencia de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), regulándolos en cambio por el Código Civil y Comercial. Esto limita la presunción de relación de dependencia, que deberá ser probada en cada caso.

Despido discriminatorio

La nueva legislación introduce una indemnización adicional de entre un 50% y un 100% de la indemnización por antigüedad en casos de despido por discriminación. Este cambio elimina la opción de reinstalar al trabajador en su puesto, limitando la compensación a una indemnización monetaria.

Despido por bloqueos

Se incorporan como causas de despido las acciones realizadas por los trabajadores en el contexto de un conflicto colectivo en la empresa. Esto incluye, por ejemplo, participar en bloqueos o tomas de establecimientos, obstruir el ingreso o egreso del lugar, y afectar la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza. El punto polémico será cómo se determinará y probará que una acción es realmente un bloqueo y no una simple protesta en un establecimiento.

Se excluye a los sindicatos como denunciantes de trabajo en negro

El artículo 84 excluye a las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registración de las relaciones laborales, limitando esta función exclusivamente a los trabajadores. Estos podrán denunciar la falta de registración ante la autoridad de aplicación, que deberá establecer un medio electrónico ante la AFIP. Según adelantó Sturzenegger, la reglamentación de la reforma laboral es uno de los cambios que comenzará a regir en los próximos días. Además, se anunciarán modificaciones en los regímenes informativos y ajustes en el régimen de firma digital. "Se viene más libertad", afirmó el ministro.