La semana pasada, los docentes enrolados en CTERA lograron un fallo contra el cobro de Ganancias, luego que el gobierno nacional con apoyo de bloques aliados restituyó el impuesto en la Ley Bases. Los reclamos judiciales se vienen multiplicando y son la principal estrategia, y en estos días hubo varios falles a favor de los amparos presentados por las organizaciones, en su mayoría nucleadas en la Mesa Sindical “El salario no es ganancia”, que reúne a unas 60 entidades gremiales. El fin de semana, un juez de la Ciudad de Buenos Aires también aceptó el planteo de los trabajadores judiciales porteños, otro logro contra la vuelta del tributo. Se trata de una decisión del juez Roberto Gallardo, que aceptó el planteo de la Asociación de Empleados Judiciales de la Ciudad de Buenos Aires (AEJBA), que festejó la medida. Además, el fallo unifica las presentaciones de otras organizaciones sindicales del sector, realizadas por el SITRAJU y UEJN, generando una gran causa contra el impuesto. Desde la Mesa Sindical adelantaron que esperan nuevos fallos a favor de sus planteos, y no descartan que haya alguna medida de fuerza para respaldar el accionar de sus integrantes.
El fallo del juez Gallardo, titular del Juzgado de 1ra Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario 2 de la Ciudad de Buenos Aires, hizo lugar al pedido dela AEJBA, que pidió que los trabajadores de la justicia no sean alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. Además de aceptar el amparo, el magistrado ordenó al Consejo de la Magistratura de CABA que “se abstenga de innovar en las retenciones de Impuesto a las Ganancias sobre los salarios”. Además, sumó esta causa a iniciada por AEJBA junto a “las acciones iniciadas también por SITRAJU y UEJN”, que también se presentaron ante Gallardo por la misma cuestión. Además, se ordenó al Tribunal Superior de Justicia de la CABA que “se abstenga de innovar en las retenciones de Impuesto a las Ganancias sobre los salarios de las trabajadoras y de los trabajadores del mismo tribunal, hasta tanto se dicte sentencia definitiva”.
Entre los argumentos del fallo, al que tuvo acceso Data Gremial, se recordó que la implementación de la ley 27.743 “introduce cambios significativos en la remuneración y las condiciones laborales de trabajadoras y trabajadores judiciales, aparece prima facie carente de alineación con principios constitucionales fundamentales”. “Como ya se desarrolló, estos cambios no son meramente fiscales; tocan la esencia misma de la independencia judicial y la separación de poderes, pilares indiscutibles de cualquier sistema democrático funcional, lo que vislumbraría una clara inconstitucionalidad de la norma en cuestión en su artículo 81”, agregó el juez Gallardo. Según el magistrado, “es vital que cualquier reforma legislativa que afecte al Poder Judicial se aborde con un análisis exhaustivo y reflexivo de sus posibles repercusiones constitucionales y legales. Las modificaciones en la estructura de remuneración y las condiciones laborales de los magistrados judiciales deben ser examinadas en su impacto sobre la autonomía y la imparcialidad judicial”. “Cambios imprudentes pueden socavar la capacidad de los jueces para actuar con independencia y sin temor a represalias o presiones económicas”, insistió el fallo.
Importancia
Desde la Federación Judicial Argentina (FJA), que nuclea a 23 gremios de trabajadores de la justicia de todo el país destacaron el fallo judicial, y remarcaron que junto con la CTA Autónoma llevan adelante un plan contra este tipo de medidas como la vuelta de Ganancias o el DNU 70. La campaña contra el decreto presidencial la componen decenas de organizaciones que semana tras semana “se reúnen para recopilar las firmas que se van juntando en cada organización y de cada rincón del país, además de acordar metodologías para continuar con la instalación de la campaña”.
Además de esta campaña, la FJA remarcó que como parte del Frente de Gremios Estatales y de las Empresas Públicas, una coalición que agrupa a gremios de diversas centrales sindicales del país, ha anunciado una nueva medida de fuerza para el mes de septiembre. Esta acción, que se espera sea contundente, busca resistir a los planes regresivos del gobierno de Javier Milei y defender los derechos de los trabajadores estatales y de las empresas públicas. La unidad y la resistencia son clave en este momento, según destacaron los dirigentes del frente. La coalición seguirá trabajando para fortalecer la unidad y la resistencia en la lucha contra las políticas regresivas del gobierno, y busca sumar a más gremios y organizaciones para fortalecer el movimiento.
La CGT destacó los fallos
En tanto, luego de conocerse los últimos fallos a favor delos trabajadores, la CGT se pronunció a favor de la estrategia judicial, que es el camino elegido por la entidad y otros grupos, como la cámara transportistas CATT o la propia Mesa Sindical. Según las versiones periodísticas, desde Azopardo marcaron que “esta decisión es un poco lo que buscábamos, cuando se decidió que cada gremio presente una demanda contra el tributo”. La estrategia de la central obrera, según explicaron en su momento y publicamos en este medio, era generar una oleada de reclamos judiciales y no una presentación general, que corría el riesgo de “ser volteada por algún juzgado permeable al Gobierno”, indicaron las fuentes.
Concretamente, el fallo del Juzgado de Trabajo N°13 de la Ciudad de Buenos Aires, hizo lugar a la medida cautelar presentada por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA) y ordenó suspender la Ley 27.743, en sus artículos 74, 81 y 94, referidos al impuesto a las Ganancias. El fallo apunta a los considerandos que regulan el mínimo no imponible del gravamen, así como los relativos a los adicionales, sobre los que se calculaba el impuesto, como ruralidad, material didáctico y presentismo. En un comunicado, CTERA expresó que la decisión judicial "es de suma importancia, porque es el primer fallo sobre este tema planteado por una organización sindical que abarca a las y los trabajadores de la educación". El gremio que conduce Sonia Alesso, aseguró que la vuelta de Ganancias "impone en perjuicio de los trabajadores docentes el pago del denominado Impuesto a las Ganancias", y aclaró que la acción judicial tiene por objeto "reclamar la inconstitucionalidad de la normativa, que impone el pago de Ganancias a los trabajadores a partir de un mínimo no imponible de 1.800.000 de pesos para el trabajador/a soltero, y de 2.340.000 de pesos para el/la docente con dos hijos".