Para el CEPA, la reforma laboral “es un retroceso para los derechos y las organizaciones sindicales”

La entidad realizó un minucioso análisis de DNU del gobierno, y en su capítulo del mundo del trabajo marcó los problemas que traerá tanto en los gremios como en los empleados. Aumentará la precarización.

Cuando la CGT marchaba en la primera muestra de fuerza desde que asumió la gestión de Javier Milei, en el Congreso ingresaba una mega ley casi tan amplia, variada y diversa que el DNU que generó la movilización. Se trata de una “ley ómnibus”, como la bautizaron los medios, que termina de configurar el país que tiene en su cabeza el mandatario libertario. Ambas normas refuerzan las reformas más profundas que se recuerden desde el menemismo, y tienen un fuerte impacto en el mundo laboral, como en casi todos los sectores. Pero en cuestiones de relaciones del trabajo, los cambios son brutales.

El contenido del DNU enviado significa una transformación sustancial de la vida económica y laboral de las mayorías de carácter regresivo”, aseguró el Centro de Economía Política Argentina (CEPA), que por estas horas difundió un análisis de todo el decreto, y sus efectos negativos que se vienen marcando desde que fue publicado. Para la entidad, la reforma que entra en vigencia este viernes “es un retroceso en derechos laborales, así como ataque a las organizaciones sindicales”. Uno de los temas ocultos es el de los aportes sindicales y solidarios, que pueden dejar a las entidades sindicales debilitadas desde lo financiero, algo que se suma al tema de las obras sociales.

El informe del CEPA busca clarificar sobre el impacto de los cambios del DNU en material laboral, algo que fue rechazado por todo el arco sindical desde que se presentó. Uno de los puntos salientes es que “se ataca la ultraactividad de los convenios al modificar el artículo 6 de la 14.250”, ya que “afecta las cláusulas obligacionales, como cláusulas de aporte y contribuciones con destino sindical”. Además, “criminaliza las asambleas y congresos al agregar la prohibición de bloqueos y tomas de establecimientos”.

Esto se completa como parte que modifica la declaración de “servicio esencial” de muchas de las actividades como la educación y el transporte, limitando la paralización completa. Esto, que existe en la actual legislación, está normado por un comité, que se rige por normas internacionales. Todo esto queda eliminado por el DNU. Según el análisis del CEPA, al que tuvo acceso Data Gremial, con este nuevo esquema las limitaciones alcanzan “al 60 por ciento de las actividades”. En ramas de alimentación, TV, radio, siderurgia, construcción, bancaria, hotelera y en empresas exportadoras (además de las actividades esenciales) “se condiciona el reclamo a través de la exigencia de garantizar el 75 o 50 por ciento del funcionamiento”.

Otro de los grandes cambios está vinculado con las indemnizaciones y las multas. Como explicaron la semana pasada abogados laboralistas consultados por Data Gremial, la reforma prácticamente incentiva la informalidad, ya que no deja incentivos legales para blanquear trabajadores. “Por no registrar tu contrato de trabajo (hacerte tus aportes a la jubilación) el empleador ya no tiene multas, por ende, no hay ningún incentivo a la registración”, destacó el reporte.  Sobre los despidos, se hace sin causa “vas a cobrar menos indemnización”, ya que elimina gran parte de la protección contra el despido arbitrario.

También el empleador ahora puede despedirte y demorar el pago sin sanción por ello”, recordó el CEPA, ya que apenas se actualizará por IPC más 3 por ciento anual. Además, las grandes empresas pueden despedir tercerizados “sin hacerse cargo: se limita la responsabilidad solidaria”. Y no te van a pagar las horas extras. “Ahora se van a contabilizar como ‘ahorro de horas’ en otras jornadas laborales. Se establece el esquema de banco de horas”, alertó la entidad.

Descuentos

Otro tema que ganó terreno en los últimos tiempos, fui el de los aportes tanto sindicales como laborales de los denominados solidarios. La reforma elimina el segundo punto, que pagan todos los trabajadores que estén incluidos en un convenio colectivo, luego de una mejora salarial, estén o no afiliados al gremio. Se entiende como un reconocimiento a la tarea sindical. Además, la nueva norma establece que el empleador no tenga la obligación de cobrar la cuota sindical. Será una acción voluntaria del trabajador. “La reforma elimina que las empresas sean agentes de retención, por lo cual para pagar y ser parte del gremio tienes que ir y hacer ese trámite”, le dijo a Data Gremial un dirigente que trabaja en este tipo de cuestiones. De concretarse, quienes quieran recibir esos dos aportes deberán crear los mecanismos, un sistema de cobro a distancia o tener una estructura que no desaliente la afiliación.

Con estas cuestiones, resaltó el mismo dirigente consultado, busca “desalentar la afiliación”. Esto fue parte de la discusión que tuvieron esta semana la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y el secretario de Trabajo, Omar Yasín, con el líder históricos del gremio mercantil Armando Cavalieri, donde acordaron iniciar el proceso de para incluir en el sector el sistema de cese laboral, la forma de indemnización que tiene la UOCRA y que alentó en cambia el presidente Milei. Según declaró el propio titular de la federación de comercio, una de las cosas que se hablaron en la reunión fue la forma de aplicar los descuentos, y los funcionarios explicaron que se aclarará “por la vía de la reglamentación” del DNU o con una “resolución oficial” ante las dudas que planteen los gremios.

Otras conclusiones

Volviendo a la reforma, el CEPA insiste que “las medidas mencionadas tienen un doble impacto: es un retroceso tanto para los derechos laborales como para la sustentabilidad de las organizaciones sindicales”. Además, traerá “mayor precarización a los monotributistas: el empleador tiene mayor margen para ocultar la relación laboral bajo este formato de contratación”. También e incorpora la figura “trabajador independiente”, con hasta cinco trabajadores para un emprendimiento productivo, sin contratación, como autónomos.

Para CEPA, todo esto hace que “dos de los sectores de alta informalidad van a estar en peores condiciones: trabajadoras de casas particulares (90 por ciento mujeres), ya que se elimina el pago de la doble indemnización porque no se multa más ese incumplimiento; y trabajadores rurales, se habilita la tercerización a través de empresas de servicios temporarios y agencias de colocación, lo cual estaba prohibido”. Para el cierre, CEPA recordó que en todo el DNU está vigente el tema de desregular, que lo define como “eliminar al árbitro y a las reglas de juego, por ende, es que las y los jugadores ya no tengan normas claras ni nadie que sancione. Los que juegan con patadas arriba de la cintura o hacen trampa, ahora están habilitados a seguir jugando”.

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