La ministra de Trabajo Kelly Olmos aseguró este martes en declaraciones radiales que será necesario contar con "el acompañamiento de los gremios para identificar a las empresas" y precisó que, además, "trabajadores tienen canales anónimos para denunciar el incumplimiento".
El bono o suma fija se deberá abonar en dos cuotas, una cada mes, y beneficia a empleados con salarios netos de hasta $400 mil. Además, el gobierno prohibió la compra de dólares a quienes perciban este beneficio.
Ayer, la propia Ministra confirmó que las empresas que no paguen el bono recibirán una multa. En caso de que un empleador no cumpla, los trabajadores podrán denunciarlo de manera anónima por teléfono o vía mail.
Cómo denuncio si no recibo el bono
Si el empleador no paga los 60 mil pesos, los trabajadores podrán denunciarlo:
- Por teléfono, al 0800-666-4100.
- O mandar un mail a consultas@trabajo.gob.ar.
Un inspector irá a la empresa y será inspeccionada. Si se confirma la evasión del pago, ingresará en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales, y será sancionada por no cumplir con el trabajo registrado.
Además, si la empresa es de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el empleado puede solicitar asistencia gratuita de un abogado.
"Más allá de la tarea que le corresponde a cada gremio, está presente también la capacidad de fiscalización por parte del Estado ante una denuncia anónima", indicó Olmos.
La primera cuota del bono deberá pagarse antes del 15 de septiembre o dentro de las primeras tres semanas de ese mes. En el caso de que las empresas ya hayan hecho la liquidación, se pagará a través de un "recibo complementario".
Olmos sostuvo que el bono "está acompañado, además, de otras medidas como, por ejemplo, el control de precios, que implicó una decisión de retrotraer los precios de los productos de mayor necesidad y un acuerdo del 5% de ajuste mensual que se está suscribiendo con las empresas, para lo cual el estado también ha hecho una cantidad de aportes desde el punto de vista tributario".
El Ejecutivo asumirá el 100% del pago en el caso de las micro-empresas y el 50% para las pymes, mediante el pago a cuenta de contribuciones patronales y en el caso de medianas y grandes empresas, a partir aproximadamente de los 100 o 110 trabajadores en adelante, deberá ser absorbido por la parte empleadora.