El Tribunal Oral Federal (TOF) N° 1 de la provincia de Córdoba imputó al empresario ganadero Hugo Kuseman, de 82 años, por el delito de trata de personas y acordó pagarle una suma millonaria para que finalice el debate judicial. El hecho ocurrió en el pueblo de Coronel Moldes, una ciudad cordobesa ubicada en el partido de Río Cuarto.
El empleado estuvo trabajando 12 años en un establecimiento de cría de vacas, sin luz, sin baño, sin ningún receso ni franco semanal. Es decir, en condiciones totalmente infrahumanas por tal motivo la justicia avanzó contra el productor agropecuario.
Antes de la sentencia, el empresario hizo la propuesta económica y el juez Julián Falcucci validó el acuerdo entre las partes: "Considero apropiado enmarcar este caso dentro del instituto de conciliación, dadas las dificultades que conlleva una eventual evaluación de la magnitud del daño causado a la víctima para determinar si ha sido reparado en su totalidad".
En consecuencia, la resolución judicial establece que Kuseman "está obligado a pagar la suma de dos millones de pesos ($2.000.000), que se abonarán a partir del mes de junio en dos cuotas iguales y sucesivas". Ese monto se suma a los 500.000 pesos que ya había otorgado el empresario como parte de un primer acuerdo en 2020.
"Asistimos a un cambio de paradigma en el derecho penal, al propender a la solución de conflictos por mecanismos alternativos a la tradicional imposición de las sanciones penales (prisión, multa e inhabilitación). Con el foco puesto en la víctima del delito, se abre a la par la posibilidad de una mejor situación procesal del imputado –quien de otro modo debería enfrentar un juicio oral con la posibilidad de sufrir una pena– y se favorece la dinámica de la praxis judicial", evaluó el Tribunal.
Delito de trata de personas
Desde el primer momento, el productor agropecuario fue imputado por haber explotado laboralmente a su empleado "a través del pago de salarios insuficientes, haciéndole cumplir jornadas laborales sumamente extensas de lunes a lunes, sin gozar de francos que le permitieran el descanso, en condiciones de habitabilidad deplorables, no tenía baño instalado ni electricidad", según precisa el fallo.
A su vez, el veredicto agrega que "además la víctima se encontraba impedido de interrumpir la relación laboral por cuanto no disponía de dinero suficiente, y en caso de tener que ir a visitar a su mujer enferma, debían cubrirlo en su trabajo sus nietos de 13 y 17 años de edad, lo que demuestra que sus salidas del establecimiento estaban restringidas; todo lo cual denota una situación de debilidad de la víctima frente al actor a quien difícilmente podría oponerse".
Cabe mencionar que el delito por trata de personas -ya sea por explotación sexual o laboral-, según establece el Código Procesal, tiene una pena que oscila entre los ocho y doce años de prisión. Cuando la víctima fuere menor de dieciocho años la pena será de diez a quince años de prisión.
Si conoces alguien que este sufriendo o sospechas que existe la trata de personas con fines de explotación laboral o sexual denúnciala llamando a la línea 145.