Derrota de Larreta: el Gobierno porteño deberá devolver los descuentos de sueldo por ausencias por Covid-19 a docentes

Los afiliados al gremio docente ADEMYS habían realizado medidas de fuerza por la imposición del gobierno porteño de regresar a la presencialidad en el inicio del ciclo lectivo 2021. La Corte Suprema rechazó un recurso planteado por la administración porteña contra sendos fallos dictados en primera instancia y Cámara de la Justicia en lo laboral.
28 de febrero de 2022

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deberá reintegrar a los docentes los montos descontados cuando los afiliados a la Asociación Docente de Enseñanza Media y Superior (Ademysrechazaron el regreso de la presencialidad, en abril de 2021, a raíz de la pandemia.

La Corte Suprema rechazó un recurso planteado por la administración porteña, representada por el abogado Guillermo Baccarelli, contra sendos fallos dictados en primera instancia y Cámara de la Justicia en lo laboral.

El Gobierno porteño deberá proceder al “reintegro de los fondos descontados a los docentes en concepto de ‘días de huelga’ durante el mes de abril del 2021” y además deberá abstenerse “de efectuar deducciones salariales por idénticas razones, respecto del salario del mes de mayo”.

Esa decisión quedó ahora firme porque el gobierno de la Ciudad se demoró en la presentación de una documentación que la Corte le exigía para revisar el expediente y, cuando lo hizo, se habían vencido los plazos procesales.

La Ademys había reclamado contra los descuentos argumentando que “resulta un hecho incontrastable, público y notorio, la situación de crisis sanitaria, laboral y económica que se ha producido a partir de la declaración de pandemia comunicada por la Organización Mundial de la Salud, a inicios del año 2020, como también lo son las consecuencias que dicha circunstancia ha provocado, con el innegable impacto que de ello se ha suscitado en el ámbito laboral, económico y social”.

El fallo que hizo lugar al reclamo subrayó que "la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el 23 de marzo de 2020, ha emitido un documento que revela la preocupación mundial y alude a la necesidad de que los gobiernos implementen medidas dirigidas a paliar los efectos nocivos en el mundo del trabajo”. Tanto la jueza de primera instancia, Laura Castagnino, cuando los camaristas Roberto Pompa y Álvaro Balestrini, coincidieron en avalar el planteo de los trabajadores.

El Gobierno porteño había objetado no sólo el contenido de esa medida cautelar sino también pidió que fuera declarada nula porque, a su entender, el expediente debió haber tramitado ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario local.

El fallo que ahora quedó firme por decisión de la Corte aclara que sólo se vincula con la medida cautelar que obliga a la restitución del dinero descontado como medida provisoria y “no importa un pronunciamiento definitivo sobre la pretensión que subyace y lleva ínsita la evaluación de peligro de permanencia de la situación actual”.