La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que está utilizando una nueva herramienta digital la cual facilita fiscalizar digitalmente a las empresas en las que se detectó trabajadores no registrados. La AFIP realiza inspecciones y relevamiento que, luego con la app, puede controlar los procedimientos posteriores.
A través de un comunicado de prensa, el organismo nacional explicó que la aplicación permite la registración voluntaria de la relación laboral por parte de los empleadores en los que se hayan observado irregularidades. Además, la AFIP puede darlos de alto de oficio, y de manera automática a los trabajadores que no se encuentran registrados. Esta alta de oficio ya comienza a devengar la deuda de aportes y contribuciones.
En paralelo, la AFIP creó otros servicios web destinados a los empleadores, alcanzados por fiscalizaciones digitales, en los cuales podrán acceder a toda la información que les permita tomar conocimiento de los reclamos.
Qué sucede con los incumplimientos laborales
Según la Resolución General 3832 de la AFIP, los contribuyentes que no sean confiables en temas de Seguridad Social, tendrán el acceso limitado para poder realizar trámites en el sitio web del organismo.
Al detectar incumplimientos o inconsistencias laborales de los contribuyentes registrados, la AFIP -y también ANSES- los divide en “confiable” y “no confiable” en materia de Seguridad Social. La "Base de Contribuyentes No Confiables" de la AFIP comprende a los sujetos respecto de los cuales se haya constatado o detectado inconsistencias en relación a la capacidad operativa, económica y/o financiera. También se diferencia la magnitud, calidad o condiciones que exteriorizan sus declaraciones juradas, los comprobantes respaldatorios emitidos, entre otros.
En el caso de las Sociedades Anónimas, Sociedades Anónimas Unipersonales, Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sociedades Colectivas, Sociedades en Comandita Simple, Sociedades en Comandita por Acciones, Sociedades de Capital e Industria, Uniones Transitorias de Empresas, Uniones Transitorias, Agrupaciones de Colaboración Empresaria, Agrupaciones de Colaboración y Consorcios de Cooperación, se verificará que:
a) No registren altas en impuestos y/o regímenes a la fecha de evaluación, o
b) no hayan presentado declaraciones juradas determinativas desde el 1 de enero del año inmediato anterior a la fecha de evaluación, o
c) habiendo presentado declaraciones juradas vencidas desde el 1 de enero del anteúltimo año al de la fecha de evaluación no hayan declarado: Ventas/compras en el impuesto al valor agregado; ventas / ingresos / gastos en el impuesto a las ganancias; empleados, y trabajadores activos en "Mi simplificación".
Qué hacer para salir de “Contribuyente no confiable”
El contribuyente interesado en modificar su situación deberá presentar una nota solicitando el cambio de estado administrativo que presenta el número de CUIT ante el Fisco. El organismo podrá solicitar que se regularice la inconsistencia para poder habilitar plenamente el uso del CUIT y la Clave de ingreso a su página web, y de esta manera le permitirá al contribuyente "estar activo" para poder actuar comercialmente.
Después de que la AFIP tenga los resultados de su evaluación periódica, y de constatarse que no haya ninguna situación de incumplimiento, se modificará el estado administrativo de la Clave Única de Identificación Tributaria, publicándose dicha novedad en la página oficial.