Tras el fin de semana XXL, la gran mayoría de las trabajadoras de casas particulares han desarrollado sus labores de manera normal por lo que los empleadores deberán abonar un monto extra con los haberes del mes de junio. Aquellas empleadas que realizaron sus tareas durante el lunes 19 y martes 20 deben cobrar el plus, sin importar si la persona realiza tareas por hora o tiene un contrato mensual establecido.
Según el artículo 25 de la ley N°26844, de legislación de trabajo en casas particulares, las empleadas de casas particulares que se encuentren en actividad durante los días feriados deben cobrar el recargo del 100 por ciento. Es decir, que el empleador debe pagar el doble de la tarifa habitual.
A su vez, tanto para los feriados como para los días no laborables, la decisión de si se trabaja durante esa jornada o no queda a criterio del empleador de la trabajadora doméstica. Sin embargo, si el empleador decide que la empleada no tiene la intención de completar la tarea en un día no laborable o un feriado, debe pagarse el mismo salario que cualquier día hábil.
Vale resaltar que la liquidación de los días feriados trabajados debe percibirse en el próximo recibo de sueldo de las trabajadoras de casas particulares a mes vencido, es decir, que en este caso se pagarían con los haberes de julio.
Mientras tanto, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares espera reunirse en el próximo encuentro ya pautado para el 25 de julio, para establecer las nuevas escalas salariales.
Próximos feriados
Durante la segunda mitad del año, quedan por delante los siguientes feriados que también contemplan próximos fines de semana largo. Conoce el detalle de las fechas:
17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes
20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
9 de julio: Día de la Independencia
21 de agosto: Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín
13 de octubre: Feriado con fines turísticos
16 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
25 de diciembre: Navidad
Escala salarial
Cabe recordar que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares oficializó el pasado 29 de abril el incremento pactado para los meses de abril, mayo y junio para las trabajadoras de casas particulares que alcanzó un 27 por ciento, no remunerativo. Los aumentos acordados fueron: un 14 por ciento para el sueldo de abril, un 7 por ciento para el de mayo, y un 6 por ciento para junio, y se tomarán como base los montos vigentes de 2023.
Así lo estableció la Resolución 2/2023 que fue publicada en el Boletín Oficial, a través de la cual el Poder Ejecutivo fijó “un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas” para el Personal de casas particulares.
La escala salarial del mes junio quedó establecida de la siguiente manera: Supervisores con retiro: $892 la hora; Supervisores sin retiro: $977; Personal para tareas específicas con retiro: $844; Personal para tareas específicas sin retiro: $926; Caseros: $798; Asistencia y cuidado de personas con retiro: $798; Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $892; Personal para tareas generales con retiro: $738; Personal para tareas generales sin retiro: $797.