Luego de que el ministro de Economía, Sergio Massa, anunciara el lanzamiento de una batería de medidas para amortizar el bolsillo de las y los trabajadores. Este jueves 31, el Gobierno nacional publicó el decreto en el Boletín Oficial mediante el cual se oficializó la suma fija de $60.000 para las y los trabajadores con salarios netos de hasta $400.000.
El Decreto 438/2023 fue publicado esta madrugada en el Boletín Oficial, y lleva la firma del presidente Alberto Fernández y de todo el Gabinete de ministros. Allí se establece “una asignación no remunerativa para los trabajadores y las trabajadoras” que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado, en las Jurisdicciones y Organismos pertenecientes al Poder Ejecutivo Nacional, el cual “ascenderá a la suma de $60.000, que será abonada por los sujetos empleadores en dos cuotas de $30.000 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023″.
Asimismo, la medida enunciada por el ministro y candidato a presidente de la Nación generó fuertes cuestionamientos y rechazo de las cámaras empresarias, como también de algunas provincias que rechazan el pago de dicha suma en medio de la crisis económica que se agravó luego de la devaluación post PASO. También hubo jurisdicciones que acompañaron la medida y pagarán esa suma, como la administración de Axel Kicillof, o aún un monto más alto como en Santiago del Estero.
Según precisó el Gobierno, el pago de la primera cuota se deberá efectuar dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del 1° de septiembre de 2023.
¿A quién está destinada la suma fija?
Según asegura el decreto, la suma fija está destinada a las y los trabajadores que perciban “salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, inferiores a $400.000 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional”.
En esa línea, el monto mensual de la asignación no remunerativa será equivalente a: “$30.000 para los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, menores o iguales a $370.000; y a la diferencia entre $400.000 y los salarios netos superiores a $370.000 correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, para los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos mayores al último monto mencionado, pero menores a $400.000″, indicó el Poder Ejecutivo.
Asimismo, se aclaró que “cuando la prestación de servicios del trabajador fuere inferior a la jornada legal o convencional, los montos mencionados en el presente artículo serán expresados en forma proporcional a la jornada trabajada”.
También el Gobierno estableció una suma de $25.000 a pagar en dos cuotas de $12.500 para los y las empleadas de casas particulares. Los $12.500 pesos se destinarán a aquellas personas que perciban salarios netos menores o iguales a $387.500; mientras el monto será equivalente a la diferencia entre $400.000 y los salarios netos superiores a $387.500 correspondientes al devengado en el mismo período, para los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos que se encuentren entre ese rango.
A su vez, según indicaron, tanto para los empleados del sector privado, del Estado Nacional como para los trabajadores de casas particulares, la suma fija decretada “podrá ser absorbida en concepto de aumentos salariales establecidos en los acuerdos, en el marco dispuesto por las Comisiones Negociadoras de sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo”.
PyMEs y pequeños empleadores
Con respecto a las Micro y Pequeñas Empresas, aquellas que cuenten con el Certificado MiPyME podrán computar a cuenta del pago de sus contribuciones patronales declaradas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Las sumas abonadas en concepto de la asignación no remunerativa dispuesta para empleados del sector privado, conforme a los siguientes porcentajes de reintegro para cada una de las categorías del Registro MiPyME: para las Micro, será del 100 % del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa; mientras que para las denominadas pequeñas, será el 50 % del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.
“Los reintegros serán efectuados durante los meses correspondientes al pago de la asignación no remunerativa y tendrán como monto máximo mensual el total de las contribuciones patronales declaradas con destino a los subsistemas enunciados”, detalló el Gobierno.
Por otra parte, los empleadores del personal de casas particulares que hubieren abonado el importe correspondiente a la suma fija, y que no hayan sido alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales en el Ejercicio Fiscal 2022 y percibidos ingresos netos en el mes agosto de 2023 por un monto inferior a $1.500.000, “podrán solicitar el reintegro de hasta el 50 % de lo abonado por este concepto”.
Por último, el Gobierno argumento en los considerando del decreto que “resulta necesaria la implementación de un aumento de los ingresos de los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado, público y de casas particulares, el cual permitirá mitigar la caída en los salarios reales hasta que la negociación colectiva consiga recuperar el poder adquisitivo perdido por la aceleración inflacionaria inesperada”.