La legislatura porteña aprobó en una de las últimas sesiones del 2024 la iniciativa del oficialismo para crear el Fuero Laboral de CABA, un viejo anhelo del PRO que terminó de cristalizarse con 31 votos afirmativos, 25 negativos, y 2 abstenciones. Así, la Justicia Nacional del Trabajo pasará parcialmente parte de sus atribuciones a la Ciudad de Buenos Aires, lo que es rechazado por dirigentes sindicales y abogados laboralistas.
Desde la CTA Autónoma, argumentan que “la Ciudad no es una Provincia” y consideran que la creación de la Justicia laboral de CABA “es inconstitucional”, porque la Constitución en su artículo 75 expresa que le corresponde al Congreso dictar los códigos de fondo y que solo pueden aplicarlos los tribunales federales o las provincias. “Por eso cada vez que la Constitución la nombra dice ‘las provincias y la Ciudad de Buenos Aires’. Si la Ciudad de Buenos Aires. fuera una provincia, no habría necesidad de aclararlo”, sentencia Hugo “Cachorro” Godoy, titular de la entidad.
Para el líder sindical, con la misma lógica que la Ciudad reclama aplicar la ley laboral de fondo, podría reclamar que se debatan en su ámbito materias civiles, comerciales o de seguridad social. “Sin embargo, nunca ha demostrado interés por tramitar divorcios, accidentes, sucesiones, o delitos, por nombrar algunos ejemplos. Sólo están obsesionados en relación a la Justicia laboral, que tiene que ver con controlar la judicialización de los conflictos entre trabajadores y empleadores”, agrega Godoy y concluye: “La aplicación de esta ley va a producir dos efectos negativos e indeseados”.
Desactivar el fueron laboral
“Lo primero que hay que destacar es el contexto en que esto tiene lugar. Precedido por presiones del gobierno nacional a través del Ministerio de Justicia, no puede desligarse de una prédica constante de grupos económicos, medios de comunicación a su medida, y sectores políticos afines, que han venido demonizando a la Justicia Nacional del Trabajo por hacer lo que la ley y la Constitución le demanda: proteger el trabajo y los trabajadores”, explicó en una entrevista con Tiempo Argentino Guillermo Gianibelli, abogado laboralista y profesor titular de Derecho del Trabajo en la UBA.
Para el especialista, este nuevo fuero laboral tiene por objetivo desactivar aunque sea parcialmente la Justicia Nacional del Trabajo. Argumenta que más allá de las cuestiones de orden constitucional acerca del alcance de las facultades de la ciudad, no se entiende por qué desarticular un sistema judicial como el laboral, sin suficientes garantías de organización, funcionamiento, celeridad, que sean aptos para sustituirlo. “Se suman otras cuestiones como las atribuciones ‘federales’ de la Cámara Nacional del Trabajo, en materias como asociaciones sindicales, resoluciones de la autoridad administrativa del trabajo, etc., que no pueden ser asumidas por una Justicia local”, termina Gianibelli.
Cuestión política
En tanto, para Natalia Salvo, abogada laboralista, docente universitaria y presidenta de la Corriente de Abogados y Abogadas Laboralistas 7 de Julio; a nivel procesal, el nuevo código establecido tiene algunas cuestiones y situaciones a destacar, sobre todo en lo que refiere a los conflictos colectivos, respecto a cuál es el fuero que se aplica según el convenio colectivo de trabajo. “Pero fundamentalmente la perspectiva a analizar es político-jurídica. ¿Por qué digo esto? Porque el Fuero de la Ciudad de Buenos Aires, principalmente el Tribunal Superior de Justicia, está integrado en su mayoría, con miembros que fueron, muchos de ellos, partícipes directos e indirectos de la Mesa Judicial de Macri. Ese es el motivo por el cual quieren hacer el traspaso, más allá de las cuestiones jurídicas”, analizó Salvo.
“La perspectiva político-jurídica es la más importante para analizar, porque desde este entendimiento se puede comprender el motivo por el cual generan un nuevo fuero para que la Instancia Superior sea el Tribunal Superior de Justicia y no lo que estaba sucediendo hasta ahora, que es, obviamente, el Foro Nacional del Trabajo, la Cámara Nacional de Apelación del Trabajo, eventualmente, y la Corte Suprema de Justicia”; suma Salvo.
Por último, la abogada laboralista recuerda que existe un dictamen del procurador Eduardo Casal “que establece que esto viola la Ley de Competencias o viola la legislación vigente respecto de las competencias porque le corresponde al Foro Nacional del Trabajo, según la Ley 18.345, y la competencia material y territorial entre el 21 y el 24 de esa ley, que está establecida para la Justicia Nacional del Trabajo. Esto no puede ser sorteado por una ley”.