El diputado del PRO de Tierra del Fuego Héctor Stefani presentó un proyecto en el que propone modificar el Código Penal y establecer penas de 2 a 4 años a quiénes “impidan, estorben o entorpezcan el normal funcionamiento de una empresa, bloqueando el libre acceso y salida de personas y vehículos”. El proyecto establece además que, si esas acciones perjudicaran la relación laboral de otro trabajador, corresponderá “una pena de prisión de 5 a 10 años”.
Esta iniciativa potencia el perfil del espacio, que viene denunciando supuestas actitudes “extorsiva” de los gremios, y quiere limitar su accionar. En este contexto nació el Movimiento Empresarial Anti Bloqueo (MEAB), que viene actuando en diversos conflictos y quiere imponer esta línea dura respecto a las protestas. Entre el año 2021 y 2022, se registraron más de 40 episodios de “violencia contra empresas” que fueron denunciados en la justicia penal, según esta entidad. La mayoría de las denuncias penales son contra los sindicatos por bloqueos, amenazas, extorsión o turbación de la posesión.
Según el diputado del PRO, "en los últimos años se ha normalizado la apelación al uso de la fuerza y la intimidación para impedir el ejercicio y goce de derechos básicos y fundamentales consagrados en nuestra constitución como lo son el de trabajar y ejercer una industria licita".
Detalles del proyecto
Según el texto del diputado Stefani, si las acciones fueran instigadas por un representante gremial además de la pena privativa de libertad que le correspondiera, tendrá una inhabilitación especial por doble tiempo para ejercer su representación sindical.
"Las empresas en nuestro país no solo tienen que lidiar con los altos niveles de inflación y con la alta carga impositiva asfixiante que impone el Estado, sino también con las intempestivas medidas de fuerza directas e ilegales, llamados ‘bloqueos’ de las plantas", sostuvo el diputado del PRO.
Los denominados bloqueos de plantas están compuestos por “conductas intimidatorias dirigidas no sólo a los dueños de las empresas, sino también a los empleados que quieren seguir prestando funciones laborales”. A su vez, en muchas ocasiones, este tipo actitudes “son acompañadas por daños materiales y amenazas coactivas”. Esa situación se agrava, ya que “no se les permite funcionar durante días o semanas, incluso, poniendo en peligro las fuentes de trabajo de los mismos empleados”.
Justificación
Para Stefani, "los bloqueos de planta son la modalidad delictual de la huelga" y recordó que la jurisprudencia se ha pronunciado señalando: "El texto constitucional no justifica la comisión de todos los delitos comunes en el curso de los movimientos huelguísticos. El empleo de la fuerza en una huelga es incompatible con el respeto de los demás derechos constitucionales".
"No sólo se están lesionando los derechos constitucionales de trabajar y ejercer la industria licita sino también un derecho fundamental en un ordenamiento democrático como lo es la libertad. Es por ello, que el principal garante de la libertad personal tiene que ser el Estado, por lo tanto, es fundamental dotarlo de herramientas legales a los fines de garantizar el orden y cumplimiento de los derechos consagrados en nuestra Carta Magna", afirmó el diputado del PRO.