En tiempos de crisis económica y traspaso de gestión de la banda presidencial en la Argentina, el gremio de los Encargados de edificios se suma a la oleada de cierre de paritarias. Así es que la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH), liderada por Víctor Santa María, luego de varias negociaciones arribó a un acuerdo con la cámara empresaria de la actividad para los próximos meses.
Según el acuerdo alcanzado, las y los trabajadores nucleados en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 589 – 590/10 tendrán una suba salarial del 11 por ciento con los sueldos de noviembre, además, percibirán una suma fija de $ 20.000. En tanto, el salario del sector volverá a incrementarse en enero próximo, con otra cuota del 11 por ciento y una nueva suma del $ 20.000.
De esta manera, se cumple el último acuerdo al cual arribaron la FATERYH con la Unión Administradores de Inmuebles, la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal, y la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal, en el marco de la revisión salarial del sector.
A su vez, vale recordar que los trabajadores nucleados bajo el CCT 589 - 590/10 habían percibido dos tramos de 11 por ciento en septiembre y octubre, también con el pago de un extra de $20.000 en cada mes.
Conoce la nueva escala salarial de los encargados de edificios
Encargado Permanente con vivienda: $ 290.201 (1° Cat.) $ 278.109 (2° Cat.) $ 266.017 (3° Cat.)
Encargado Permanente sin vivienda: $ 341.102 (1° Cat.) $ 326.889 (2° Cat.) $ 312.677 (3° Cat.)
Ayudante Permanente con vivienda: $ 290.201 (1° Cat.) $ 278.109 (2° Cat.) $ 266.017 (3° Cat.)
Ayudante Permanente sin vivienda: $ 341.102 (1° Cat.) $ 326.889 (2° Cat.) $ 312.677 (3° Cat.)
Ayudante Media jornada: $ 170.551 (1° Cat.) $ 163.445 (2° Cat.) $ 156.338 (3° Cat.)
Personal Asimilado Con vivienda: $ 290.201 (1° Cat.) $ 278.109 (2° Cat.) $ 266.017 (3° Cat.)
Personal Asimilado Sin vivienda: $ 341.102 (1° Cat.) $ 326.889 (2° Cat.) $ 312.677 (3° Cat.)
Mayordomo Con vivienda: $ 300.972 (1° Cat.) $ 288.432 (2° Cat.) $ 275.891 (3° Cat.)
Mayordomo Sin vivienda: $ 355.037 (1° Cat.) $ 340.243 (2° Cat.) $ 325.450 (3° Cat.)
Intendente: $ 434.562 (1° Cat.) $ 434.562 (2° Cat.) $ 434.562 (3° Cat.)
Personal con más 1 Función con vivienda: $ 290.201 (1° Cat.) $ 278.109 (2° Cat.) $ 266.017 (3° Cat.)
Personal con más 1 Función sin vivienda: $ 341.102 (1° Cat.) $ 326.889 (2° Cat.) $ 312.677 (3° Cat.)
Encargado Guardacoches con vivienda: $ 255.875 (1° Cat.) $ 255.875 (2° Cat.) $ 255.875 (3° Cat.)
Encargado Guardacoches sin vivienda: $ 277.860 (1° Cat.) $ 277.860 (2° Cat.) $ 277.860 (3° Cat.)
Personal Vigilancia Nocturna: $ 307.306 (1° Cat.) $ 307.306 (2° Cat.) $ 307.306 (3° Cat.)
Personal Vigilancia Diurna: $ 286.112 (1° Cat.) $ 286.112 (2° Cat.) $ 286.112 (3° Cat.)
Personal Vigilancia Media Jornada: $ 143.056 (1° Cat.) $ 143.056 (2° Cat.) $ 143.056 (3° Cat.)
Encargado No Permanente Con vivienda: $ 137.680 (1° Cat.) $ 137.680 (2° Cat.) $ 137.680 (3° Cat.)
Encargado No Permanente Sin vivienda: $ 149.638 (1° Cat.) $ 149.638 (2° Cat.) $ 149.638 (3° Cat.)
Ayudante Temporario: $ 280.272 (1° Cat.) $ 280.272 (2° Cat.) $ 280.272 (3° Cat.)
Ayudante Temporario Media Jornada: $ 140.136 (1° Cat.) $ 140.136 (2° Cat.) $ 140.136 (3° Cat.)
Adicionales
Personal Jornalizado no más 18 horas (según Art. 7 Inc. P / HORA): $ 2.898,10
Suplente con horario por día: $ 12.655,10
Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina: $ 518,60
Clasificación de residuos. Resol. 2013 243 SSRT-GCABA: $ 8.931,70
Valor vivienda: $ 1.905,10
Plus por antigüedad conf. Resoluc. 106/09 – inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año ( 1%): $ 2.842,50
Plus por antigüedad – por año Art. 11 (2%): $ 5.685,00
Plus limpieza de cocheras: $ 7.076,70
Plus movimiento de coches – hasta 20 unidades: $ 10.477,70
Plus Jardín: $ 7.076,70
Plus Zona Desfavorable 50 %
Título de Encargado Integral de Edificio 10 %
Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua: $ 11.904,70
Acuerdo anterior
Cabe recordar que, en agosto pasado, el gremio de los Encargados de edificio acordó una suba del 44 % en cuatro cuotas más un remunerativo de $ 20.000. En tanto, el acuerdo estableció un incremento no acumulativo y fue pactado de conformidad con pagos al siguiente cronograma: un 11 % a calcular sobre el salario básico para la cuarta categoría establecida en el artículo 6 del CCT 589/10, aplicándose en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo, con la remuneración del mes de septiembre 2023 más un bono remuneratorio de $ 20.000.