Alertan que la reforma laboral es “profunda” y traerá “precarización y criminalización del accionar gremial”

Un reporte del Centro CIFRA analiza los cambios que se concretaron con la aprobación de la Ley bases, que se formalizó esta semana. Además, trae varios beneficios para los empleadores, que podrán eludir la registración.

Luego de unas 12 horas de debate, la cámara de Diputados aprobó la Ley Bases, la primera gran norma del gobierno libertario. Con acuerdo con los llamados bloques dialoguistas, se convalidaron los cambios realizados en el Senado, y se dio luz verde a una controvertida reforma laboral. La misma incluye una serie de cambios en la legislación, bajo el argumento de la modernización, que los gremios rechazan.

El espíritu de la norma ya se había visto en el DNU 70, firmado por el presidente Javier Milei, y que tenía un extenso capítulo dedicado al mundo del trabajo, pero la CGT lo judicializó, y un falló lo puso en suspenso por inconstitucional. Ahora el gobierno avanza en varias reformas a través de la ley, aunque algunos creen que se podría volver a reclamar ante la justicia para suspender su aplicación.

Lo cierto es que a partir de la reglamentación muchas cosas cambiarán: se podrá despedir por “bloquear una empresa”, se eliminarán multas por trabajo irregular, se cambiarán las indemnizaciones y muchas otras cuestiones. Un informe del Centro CIFRA de la CTA de los Trabajadores hizo un análisis profundo de los cambios, y concluyó que las modificaciones incluidas “afectan sobre todo derechos individuales de los trabajadores, aunque avanzan también en forma directa sobre algunos derechos colectivos, en particular tras la inclusión de causales de despido vinculadas con acciones colectivas”. Para los asalariados formales, se dijo, “implica precarizar su situación de diversas formas”, mientras que para los empleadores “recorta costos laborales, en algunos por la mayor permisividad hacia la no registración y el fraude laboral”.

El trabajo del Centro CIFRA permite visualizar el impacto que tendrá cuando esté en plena vigencia esta reforma, que fue resistida por los gremios, pero que el gobierno logró avanzar con el aval de bloques aliados. “Se trata de una reforma profunda, que no es nueva en tanto intento de avanzar sobre los derechos colectivos e individuales de las y los trabajadores y no aporta, en cambio, soluciones a los problemas acuciantes tales como las profundas desigualdades que caracterizan al mercado laboral argentino y, en particular, la existencia de un sector creciente que queda por fuera de las relaciones laborales formales y protegidas”, destacó el centro en su reporte, al que tuvo acceso Data Gremial.

Además, advierte que en varias formas la reforma “puede incentivar el no registro de relaciones de dependencia, ya que elimina sanciones e indemnizaciones vinculadas con la no registración y, a la vez, habilita formas contractuales ‘no laborales’ que pueden enmascarar relaciones de trabajo”. Se trata en concreto de “la figura de ‘trabajadores independientes con colaboradores’ a cuya creación se suman algunos cambios que facilitarían el uso de contratos de locación de obra o de servicios para la contratación de trabajadores, práctica difundida que suele encubrir relaciones laborales no registradas como tales”. Se incluye, además, “un nuevo blanqueo laboral que también puede desincentivar la registración al generar la expectativa de nuevas condonaciones de deuda a futuro”. “Para las y los trabajadores se trata de pérdida de derechos, de menor protección y mayor inestabilidad”, insistió CIFRA, que recalcó que “no se advierte de ningún modo una modernización de las relaciones laborales ni una promoción del empleo registrado ni un intento por mejorar su calidad”.

Criminalizar la protesta

Uno de los temas más alarmantes para los gremios es el que incluye el concepto de “bloqueo” como causal de despido con causa. A partir de esto, un trabajador que participe en una protesta que no permita la circulación puede ser cesanteado sin derechos. Además, la “afectación de la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas” será castigado con el despido sin causa.

Lo mismo sucede con “la provocación de daños en personas o en cosas situadas en el establecimiento o su retención indebida”. Esta modificación fue agregada en la cámara de senadores, que no estaba presente en el proyecto aprobado en Diputados, que lo convalidaron.

Según CIFRA, estos cambios traerán como consecuencias para los trabajadores “intentar limitar el accionar colectivo, ya que se trata de acciones que en algunos casos podrían ser objeto de denuncia penal, pero aquí se las incluye como causales de despido y en términos bastante amplios y ambiguos: por ejemplo, en el caso de la participación en bloqueos o tomas de establecimiento o la afectación de la libertad de trabajo mediante actos”.

Llevado a la práctica, esta norma permitiría por ejemplo despedir a los trabajadores lecheros de ATILRA que pelearon contra los despidos en Lácteos Vidal, o que mantiene hace meses el conflicto de SanCor. Lo mismo pasaría con varios conflictos camioneros, que suelen bloquear la salida de vehículos como una forma de accionar.

Además de esta norma, se lesiona el accionar sindical a partir de otros cambios, como la exclusión de las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registración de las relaciones laborales, para dejarla solo en manos del trabajador, que “podrá denunciar la falta de registración ante la autoridad de aplicación, que deberá establecer un medio electrónico ante AFIP”.

Esto beneficia al empleador, porque “tienen menos probabilidad de enfrentar denuncias por falta de registración de relaciones laborales”, mientras “reducen los aportes solidarios, los sindicatos pierden financiamiento y enfrentan mayores dificultades para ejercer la representación de los trabajadores (afiliados o no)”. Además, el trabajador “deberán presentar a título personal las denuncias por falta de registración de la relación laboral, lo cual puede desincentivar las denuncias por falta de conocimiento, patrocinio legal o temor a represalias”.

Fomentar la precarización

En tanto, además de imponer el sistema de cese laboral, una indemnización que se implementó en la construcción por la alta rotación del empleo, se eliminan las sanciones por irregularidades, lo que estimula la no registración. De acuerdo con la legislación vigente, recordó CIFRA, “si un empleador no registra una relación laboral o la registra con un salario menor o con una fecha posterior a la real, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización por ese perjuicio”. En la nueva ley, “esas indemnizaciones son eliminadas”. Al reducirse el costo de incumplir la ley, “se desincentiva su cumplimiento efectivo, por lo que esta modificación tenderá a incrementar el empleo no registrado”.

Esto obviamente beneficia al empleador, ya que se eliminan las indemnizaciones por incumplimiento en la registración de los contratos laborales y remuneraciones. “Se elimina la doble indemnización por despido en caso de relaciones laborales no registradas o registradas deficientemente. También para el régimen de casas particulares”, remarcaron. También se elimina la doble indemnización en caso de despido de trabajadores dentro de los dos años de haber intimado a los empleadores a su correcta registración.

Así, los trabajadores “pierden el derecho a cobrar indemnizaciones cuando fueron víctimas del incumplimiento de la legislación laboral por parte de sus empleadores. “Se reduce el incentivo a accionar judicialmente en caso de tener (o haber sido despedido de) una relación laboral no registrada, y se reduce el desincentivo al no registro de empleadas de casas particulares, un sector fuertemente precarizado”, concluyó el informe.