El gobierno de Milei derogó la paridad de género en empresas y asociaciones civiles

La medida fue anunciada por la Inspección General de Justicia, a cargo de Daniel Roque Vítolo quien celebró dicha modificación a través de sus redes sociales.

13 de abril de 2024

A 125 días del gobierno neoliberal de Javier Milei, se conoció una nueva medida regresiva en materia de derechos humanos y género. El jueves 11 en las últimas horas, Daniel Roque Vítolo titular de la Inspección General de Justicia (IGJ) comunicó la resolución a la vez que festejó el recorte de la participación de mujeres en empresas y asociaciones civiles.

A su vez, la iniciativa fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución 13/2024. Y establece la derogación de las Resoluciones 34/2020, 35/2020, 42/2020 y 12/2021 y establece que las empresas y asociaciones civiles no poseen la obligación de garantizar la conformación de un equipo integrado por la misma cantidad de hombres que de mujeres.

Por su parte, Vítolo expresó en sus redes sociales que “la obligación de tener hombres y mujeres en igual número en personas jurídicas creadas por particulares había sido invalidada por la Justicia tanto en el fuero Comercial y en el Contencioso Administrativo Federal, por sentencias firmes donde los camaristas señalaron que la IGJ había invadido facultades del Congreso”.

"No es facultad del Poder Ejecutivo decirle a los particulares cómo deben constituir los órganos de las personas jurídicas que constituyen, cuando tienen la libertad que para ello les asigna la Constitución nacional", remarcó. Al tiempo que señaló: "igualdad de oportunidades y de acceso no es sinónimo de que el Estado le diga a las personas quiénes deben dirigirlas en su actividad privada".

Sumado a esto, Vítolo expresó que la decisión se trata de "una muestra clara de respeto a la institucionalidad" por parte de la IGJ. En esa línea, explicó que la gestión anterior del organismo "interpuso recursos extraordinarios ante la Corte para defender su posición y esos recursos fueron denegados, con lo que las sentencias que declararon la nulidad están hoy vigentes".

¿Qué establecían las resoluciones derogadas?

Las resoluciones derogadas fueron sancionadas todas bajo la gestión del ex presidente Alberto Fernández, luego de años de reclamo del movimiento feminista. Las legislaciones promovían un eje de vital importancia: “incluir en su órgano de administración una conformación que respete la diversidad de género, estableciendo una composición de los órganos referidos para que estén integrados por la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos”.

“Las asociaciones civiles en proceso de constitución; las simples asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario; las sociedades anónimas que se constituyan; las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado deberán incluir en su órgano de administración, y en su caso en el órgano de fiscalización, una conformación que respete la diversidad de género, estableciendo una composición de los órganos referidos para que estén integrados por la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos”, disponía.

De este modo, en 2020, la IGJ había argumentado que “correspondía dictar una disposición de tal naturaleza" en función de los artículos 37 y 75 de la Constitución Nacional. Al respecto, el primero proclama "la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios".

En tanto, el segundo "prevé legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y por los Tratados Internacionales vigentes sobre Derechos Humanos, en particular respecto de la niñez, las mujeres, personas adultas mayores y las personas con discapacidad”.