La Justicia Laboral dio lugar a la acción de amparo sindical presentada por la Asociación del Personal Aeronáutico (APA), y resolvió dictar una medida cautelar innovativa para suspender los decretos 825/24 y 831/24 del Poder Ejecutivo Nacional que declaraba al transporte aerocomercial como actividad “esencial”. El gremio que conduce Edgardo Llano celebró el falló y afirmó que “es resultado de la lucha colectiva” y recordó que el gobierno de Javier Milei, “pretendió establecer la esencialidad del transporte aerocomercial mediante el “anexo – Reglamentación artículo 2º de la Ley Nº 17.285 y sus modificatorias”, del 12/09/24 firmada por el Subsecretario de Transporte Aéreo del Ministerio de Economía República Argentina, Hernán Adrián Gómez”, indicó el sindicato.
Desde APA remarcaron que la puesta en marcha de los decretos, “hubiera significado que, en caso de una medida de acción directa, se deba mantener el 50 por ciento de los servicios, proporción que también resulta arbitraria y contraria al plexo normativo vigente en la Argentina (ya que en caso de esencialidad dicho porcentaje debería establecerlo una Comisión de Garantías ad hoc)”, explicó la organización en un comunicado de prensa.
El sindicato resaltó que la declaración de esencialidad de la actividad, “fue un claro ataque al ejercicio del derecho a huelga garantizado por la Constitución Nacional Argentina (arts. 14 bis y 75 inc. 22), Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo, y art. 24 de la Ley 25.877” y que, estas medidas, fueron dictadas en el marco de un conflicto salarial entre APA y Aerolíneas Argentinas, por lo que de haber prosperado, “perjudicaría directamente la representación digna de sus afiliados/as”, enfatizó el gremio.
Fundamentos
APA destacó a su vez el rol del Ministerio Público Fiscal (MPF) en el expediente, que ratificó que, según el artículo 24 original de la ley 25.877 y el decreto reglamentario 272/08, la actividad no se encuentra entre los servicios esenciales en la legislación nacional.
En esa línea, el MPF recordó que, de acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), “una actividad no comprendida en el párrafo anterior podrá ser calificada excepcionalmente como servicio esencial, por una comisión independiente integrada según establezca la reglamentación, previa apertura del procedimiento de conciliación previsto en la legislación” y bajo ciertos supuestos que no se verifican en el caso del transporte aerocomercial. Por otro lado, el MPF sostuvo que el derecho de huelga se vería afectado al validarse una norma que ya fue declarada inconstitucional, en referencia al Título IV del DNU 70/23 del gobierno de Milei, que pretendía modificar el artículo 24 de la ley 25.877 (derecho de huelga), que es modificado en el Capítulo IV del Título IV, art. 97, del mismo decreto.
Paro de controladores
En tanto, la Asociación Técnicos y Empleados de Protección y Seguridad a la Aeronavegación (ATEPSA) aprobó por unanimidad en su plenario nacional de delegados un plan de medidas de fuerza que iniciará la próxima semana. La decisión gremial, adoptada en una reunión con representantes del sindicato en EANA y ANAC, surgió como respuesta a la negativa del gobierno de habilitar una negociación salarial para los trabajadores de la aviación.
ATEPSA informó que durante el plenario, en el que participaron más de 90 delegados de aeropuertos de todo el país, se revisaron los avances en el marco del conflicto artículo 80 del Convenio Colectivo 1512/16 "E". En ese contexto, ATEPSA planteó "infinidad de alternativas económicas para resolver la problemática", y resaltó que la falta de respuesta del gobierno obligó a la adopción de medidas de acción sindical. “Tal como lo venimos planteando desde el inicio de este gobierno, el Estado no permite ningún tipo de negociación salarial”, denunció ATEPSA.
En ese sentido, el gremio señaló que el gobierno impone “una paritaria única para todo el sector público, sin distinción alguna y quitándonos nuestra principal herramienta de negociación”. El plenario nacional de delegados decidió avanzar en dos ejes: la continuidad del plan de lucha con la adopción de “medidas legítimas de acción sindical”. El gremio fundamentó su postura al considerarla necesaria para "no seguir retardando más la justa recomposición que merecemos por el trabajo esencial y estratégico que realizamos".